MEC es una ayuda del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco para apoyar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de Euskadi.
¿Cuál es el objeto de la ayuda?
Modernizar y mejorar los establecimientos comerciales del sector comercial minorista de la CAPV a través de la financiación de las inversiones realizadas: reformas; obras; adquisición de equipamiento, mobiliario, equipos informáticos…
¿Quiénes son los beneficiarios?
Personas autónomas, sociedades civiles, comunidades de bienes y pymes, cuya actividad principal en cuanto a volumen de facturación, sean comercios o determinados servicios, con domicilio social, fiscal y ubicación del establecimiento en el País Vasco, que se dediquen y estén dados de alta en alguno de los IAE admitidos (ver admitidos en 2024).
¿Cuáles son los gastos subvencionables?
Línea 1. Renovación de la infraestructura y equipamiento (inversión mínima 3.000 € (sin IVA):
- Reformas, obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento.
- Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
- Reformas realizadas para la eliminación de barreras.
- Adquisición e instalación de rótulos y toldos en el exterior del establecimiento.
- Adquisición, instalación y montaje de maquinaria vinculada con la actividad principal del establecimiento.
- Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos.
- Alarmas y sistemas de seguridad.
- Equipos de climatización del local (etiqueta energética (A, B, C))
Línea 2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación (inversión mínima 1.000 € (sin IVA):
- Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial.
- Desarrollo de página web y venta online o de gestión del establecimiento.
- Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
- Balanzas electrónicas comerciales.
- Cajas registradoras.
- Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI.
Se admiten las facturas y justificantes del periodo:
- Facturas entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
- Justificantes de pago desde el 1 de julio de 2023 hasta la finalización del periodo de justificación, esto es, dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión.
¿Cuantía de la ayuda?
Se subvenciona el 40% de la inversión admitida, siendo el importe máximo de subvención por establecimiento de 10.000 euros.
El porcentaje se podrán incrementar hasta el 52% si se acredita:
- +1% Participación en programas “Merkabide”, “Escuela Vasca del Retail” o “Euscommerce”
- +1% Cuando el empresario/a se haya acogido al programa de transmisión Berriz Enpresa
- +1% Antigüedad del establecimiento + de 10 años (según IAE)
- +1% Al menos mitad de empleados con contrato indefinido y son mujeres
- +1% Adherido al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide
- +1% Pertenencia a la Asociación de Comerciantes
- +2% Inversión comprendida en la línea 2
- +1% Plan de Igualdad o Conciliación o Entidad colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres
- +1% Atención al público en el establecimiento en euskera acreditado por certificado Bai Euskarari /Bikain
- +2% Formar parte de comunidad energética (Ekiola Energía Sustapenak SL, EVE, TEK…).
¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?
Plazo de solicitud abierto hasta el 30 de septiembre de 2024.
Se debe solicitar de forma telemática aquí.
Las ayudas se resolverán por orden de entrada en función del momento en que el expediente se encuentre completo.
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