Apoyo a mejorar las instalaciones productivas de las empresas Vascas que provoquen una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.

¿Cuál es el objeto de la ayuda?

Estas subvenciones apoyan las inversiones que conlleven una mejora del nivel de protección medio ambiental a través de la descarbonización en las instalaciones productivas industriales de las empresas vascas, resultando en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Busca fomentar inversiones en instalaciones productivas (nuevas o existentes) para reducir emisiones GEI derivadas tanto del consumo de energía como de los procesos de producción.

Desde el punto de vista de la tipología de actuaciones subvencionables, existen diferentes líneas de actuación susceptibles de ser apoyadas:

  • Inversiones en maquinaria vinculada directamente con el proceso productivo ya existente.
  • Inversiones en componentes adicionales auxiliares en el proceso productivo ya existente.
  • Inversiones vinculadas con las instalaciones productivas ya existentes.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Pueden acceder a las subvenciones las grandes empresas y las pequeñas y medianas empresas (PYME) industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial cuyas inversiones se localicen en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

¿Cuáles son los gastos subvencionables?

Gastos subvencionable:

Se considera inversión subvencionable la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa, específicamente:

  • Instalaciones técnicas (212).
  • Maquinaria (213).
  • Otras instalaciones (215).
  • Equipos para procesos de información (217).

Deben tener un periodo mínimo de amortización y permanencia en el activo de cinco años para grandes empresas y tres años para PYMEs. El arrendamiento financiero es subvencionable si incluye explícitamente la opción de compra al término del contrato y el compromiso de ejecutarla.

La inversión admitida mínima es de 100.000,00 euros.

No son subvencionables:

  • Instalación de paneles solares de autoconsumo (tienen programa propio con EVE).
  • Activos para electrificación de sistemas de climatización no vinculados al proceso productivo.
  • Inversiones para captura, uso o secuestro de CO2.

¿Cuantía de la ayuda?

La intensidad de ayuda es del 20% de la inversión susceptible de apoyo.

Se incrementa en 5 puntos porcentuales para medianas empresas y en 10 puntos porcentuales para pequeñas empresas.

También se incrementa en 2,5 puntos porcentuales para inversiones situadas en la Zona Margen Izquierda Ampliada de Euskadi.

El límite máximo de subvención por empresa o grupo de empresas es de 1.500.000,00 euros.

Las subvenciones son compatibles con otras ayudas hasta no superar la intensidad o importe máximo establecido.

¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?

Se iniciará el 8 de mayo de 2025 y finalizará el día 30 de junio de 2025.

Solicita más información y te gestionamos tu solicitud de ayuda

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