¿Cuál es el objeto de la ayuda?
El objetivo es incentivar proyectos de producción de baterías y la realización de planes de inversión dentro de la cadena de valor del vehículo eléctrico.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden las sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial.
¿Cuáles son los gastos subvencionables?
Para los proyectos de inversión enmarcados en la sección A de baterías del vehículo eléctrico serán financiables las siguientes partidas de gasto:
- Obra civil: Inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
- Edificación e instalaciones: Inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
- Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior. Los costes de aparatos y equipos de producción deberán suponer al menos un 40 % del presupuesto financiable.
- Activos inmateriales: Inversiones en activos inmateriales vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual.
¿Cuantía de la ayuda?
Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria podrán revestir la forma de subvenciones, préstamos reembolsables o de una combinación de préstamo y subvención. El importe total máximo convocado será de 280.000.000euros de los que 180.000.000 euros serán en forma de préstamos y 100.000.000euros en forma de subvención.
La intensidad máxima de ayuda del gasto elegible puede alcanzar los porcentajes máximos de subvención según la categoría: hasta 15 %, 20 % y 35 % dependiendo de la ubicación (zonas asistidas c, b o a).
Los préstamos rembolsables al tipo de interés del 2,717% y con un plazo de amortización total de 10 años con 3 años de carencia.
¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?
Sección A: Baterías
Desde el día 7 de julio al 17 de julio de 2025
ÚLTIMAS NOTICIAS
Últimos días para solicitar las ayudas del Kit Digital si eres una empresa de más de 50 trabajadores
El pasado 12 de diciembre se abría la convocatoria de solicitud de ayudas del programa de digitalización Kit Digital [...]
El Gobierno Vasco impulsa el sector primario con el ambicioso Plan de Ayudas 2025
El Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco ha presentado este martes en Bilbao el [...]
GANBERA INFORMACIÓN
Recibe toda la información relacionada con Cámarabilbao.