¿Cuál es el objeto de la ayuda?
El programa financiará proyectos para el desarrollo de nuevas capacidades tecnológicas e industriales que mejoren la competitividad industrial y ayuden en la descarbonización de la industria y mejoren la seguridad energética. Los equipos y componentes deberán formar parte de los siguientes ámbitos de actuación:
- Almacenamiento eléctrico: fabricación y ensamblaje de baterías, celdas de baterías, etc.
- Energía solar fotovoltaica: fabricación y ensamblaje de paneles solares.
- Energía eólica: fabricación y ensamblaje de turbinas eólicas.
- Bombas de calor: fabricación y ensamblaje de bombas de calor.
- Hidrógeno renovable: fabricación y ensamblaje de electrolizadores.
Se financiará la creación de establecimientos industriales para una nueva actividad de fabricación o la creación de nuevas líneas de producción en centros ya existentes.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Personas jurídicas, públicas o privadas legal y válidamente constituidas en España. Podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de las anteriores.
¿Cuáles son los gastos subvencionables?
- Gastos en obra civil, edificaciones e instalaciones.
- Gastos en aparatos y equipos de producción.
- Gastos en activos inmateriales (inversiones en activos inmateriales vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, digitalización, conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual).
- Gastos de transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos de las instalaciones.
- Gastos de ensayos, estudios o pruebas necesarias.
- Gastos de gestión de la solicitud de la ayuda.
- Gastos asociados a la dirección facultativa de obra.
- Gastos asociados a la coordinación de seguridad y salud de la obra y montaje.
- Gastos de gestión de la justificación de la ayuda.
- Gastos de auditoría.
- Gastos de adquisición o arrendamiento de inmuebles o terrenos.
¿Cuantía de la ayuda?
Por norma general la intensidad de la ayuda no podrá superar el 15% de los costes subvencionables con una ayuda máxima de 150.000 euros por empresa. Excepcionalidades:
- En el caso de inversiones llevadas a cabo en “Zonas c” (siguiendo el mapa de ayudas regionales 2022-2027 publicada por la Comisión Europea): intensidad del 20% con una ayuda máxima de 200.000 euros por empresa.
- En el caso de inversiones llevadas a cabo en “Zonas a” ( (siguiendo el mapa de ayudas regionales 2022-2027 publicada por la Comisión Europea): intensidad del 35% con una ayuda máxima de 350.000 euros por empresa.
¿Cuál es el plazo para solicitar la ayuda?
Desde el 25 de septiembre hasta el 6 de noviembre de 2024.
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